Una muy mala volada tuvieron los vecinos de un edificio en Santiago de Chile. El pasado 7 de junio les llegó por debajo de su puerta una carta que hablaba de los olores a marihuana que emanaban de algunos departamentos. La escritora Alejandra Costamagna fue quien hizo pública esta peculiar carta.
El documento, firmado por la administración de su condominio, se leía el reclamo por el olor que se sentían en algunas torres cuando algún residente decidía que era hora de sacarse uno, llamando “a tomar las medidas necesarias para mitigar esos olores”, si no, “la Administración junto al Comité de Administración tomarán contacto con las autoridades pertinentes para solicitar una revisión a las torres donde persista esta situación”.
Se fueron en volada, dijo la escritora. Y una mala volada, agregaríamos acá. De hecho, no importa el olor o, incluso, ver una planta de marihuana. Actualmente, la justicia necesita tener seguridad sobre el delito de tráfico y si la persona puede establecer que la planta tenía un fin personal y próximo en el tiempo no hay problema legal.
Sobre esto, y en conversación con Lun, Daniel Rozas, jefe de comunidades en Hapital, empresa dedicada a la administración de edificios, fue clarísimo: “En todos los edificios siempre hay residentes que fuman, como administración no puedes prohibir que lo hagan dentro de sus casas, aunque el olor pueda ser molesto. La marihuana es un olor transitorio: uno puede sugerir, pero no prohibir”.
Evidentemente, ojalá nunca llegar a ese caso. Hay que evitar los roces, cabros. Pero en la charla con LUN la investigadora del Centro de Estudio de Cannabis, Catalina Delgado, entregó algunas claves. “La ley 20.000 reconoce sanciones para las drogas, pero el consumo sólo lo sanciona si es en la vía pública, en lugares protegidos o en forma privada, pero concertada”, explicó.