La Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, con votos de derecha junto a Pamela Jiles, rechazó la admisibilidad de una indicación que modificaba la Ley de Drogas para entregar datos objetivos sobre cuándo es considerado microtráfico o consumo personal. La Comisión ya aprobó la semana pasada el cultivo medicinal para el uso personal.
La indicación que buscaba que el artículo 8, donde se entregaban distintas tablas con gramage máximo de “el que siembre, cultive, coseche o guarde cannabis o posea o guarde cannabis en los números dispuestos en la siguiente tabla, se entenderá que lo hace para fines de uso y consumo personal, exclusivo y próximo en el tiempo”.
La tabla establecía un máximo de plantas en el exterior o interior, gramos de la flor seco y porte en lugares públicos o privados. Esto, claro, además de las autorizaciones del Servicio Agrícola Ganadero (SAG) . De esta manera, el fin de la indicación era no dejar a criterio de la policía o el Ministerio Público si la cantidad es para tráfico o no.
Esta indicación se basa en los dictámenes de la Corte Suprema, que ha marcado una jurisprudencia sobre el tema, y que muestra que el cultivo, porte y consumo de marihuana es justificado si su consumo es personal y exclusivo en el tiempo. Más si es por uso medicinal.
De hecho, Claudio Fierro, representante de la Defensoría Penal, dijo en la Comisión que “lamentamos que no se haya aprobado, porque evidentemente había una certeza jurídica entorno al número de plantas; donde ya la sala de la Corte Suprema abrió una posibilidad en base a los derechos constitucionales, tanto en el ámbito recreacional como medicinal”.